Canje permiso de conducir

Consiste en la homologación del permiso de conducir extranjero a un permiso de  conducir español.  

Este servicio es posible ofrecerlo gracias al convenio firmado entre Jefatura Central  de Tráfico y el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España,  que nos habilita a tramitarlo. 

Para dar inicio a la gestión es necesario que exista convenio entre España y el país  de origen que expidió el permiso de conducir extranjero. 

Además de ello es necesario ser residente legal en España, contar con el permiso de  conducir válido y en vigor. 

Los ciudadanos provenientes de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo  (Islandia, Liechtenstein y Noruega) podrán conducir con su permiso mientras esté en  vigor. La realización del canje es por tanto un trámite totalmente voluntario.  

En cambio, si los ciudadanos fueran provenientes de un país distinto de la Unión  Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) el permiso de conducir extranjero es solo válido durante el plazo de seis meses,  contados desde que hayas adquirido la residencia en España. Por lo que estarán obligados a realizar un canje si quisieran seguir conduciendo en España. 

La fecha de primera expedición del permiso de conducir extranjero debe ser anterior  a la fecha de concesión de la residencia en España o bien, anterior a la adquisición  de su DNI español. Si ha obtenido el permiso de conducir posteriormente a estos  acontecimientos, no será posible realizar el canje. 

Debes tener en cuenta que, dependiendo del tipo de permiso de conducir a  canjear, es posible que tengas que realizar algunas pruebas adicionales. 

  • Solicitud de la verificación de validez del país de origen que expidió el permiso de  conducir extranjero. 
  • Cumplimentación de los formularios (Solicitud de canje, declaración jurada,  desistimiento, etc.) 
  • Pago de la tasa DGT y derechos colegiales correspondientes.
  • Emisión del justificante de entrega del permiso de conducir extranjero original.
  • Presentación del expediente completo de solicitud de canje una vez recibida  la contestación de verificación de validez del permiso. 
  • Envío del justificante de entrada del expediente sellado por la DTG.
  • Atención a los requerimientos, subsanación y contestación.  
  • Recepción y entrega de la autorización provisional para conducir expedido  por la DGT. 
  • Recepción y entrega del permiso de conducir español definitivo y en físico. 

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