Disolución de la copropiedad

La disolución de la copropiedad, también conocida como extinción de condominio,  es el proceso legal mediante el cual se pone fin a la situación de propiedad  compartida de un bien, ya sea un inmueble, una herencia, o cualquier otro tipo de  bien. Este proceso puede llevarse a cabo de forma amistosa, mediante acuerdo  entre los copropietarios, o a través de un procedimiento judicial si no hay acuerdo.

  • Título de Propiedad: El título de propiedad es un documento legal que acredita la titularidad de un bien inmueble, como una casa o terreno, a nombre de una persona o entidad. Este documento contiene información esencial como el nombre de los propietarios, la descripción detallada del inmueble y la forma en que se adquirió la propiedad. Es fundamental para garantizar la seguridad jurídica sobre la propiedad y para realizar cualquier transacción relacionada con la misma.
  • Nota Simple del Registro: La nota simple del Registro de la Propiedad es un documento informativo que resume la situación jurídica del inmueble. Este informe incluye datos como los propietarios actuales, la descripción del inmueble, cargas existentes (hipotecas, embargos, etc.) y la forma de adquisición.
  • Documento de identidad en vigor de los propietarios del inmueble.
  • Recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Firma de la escritura 

Una vez que se hayan recopilado los documentos necesarios, se procede a  formalizar ante el notario la escritura pública de disolución de la copropiedad.  

El notario ratifica la legalidad del acto, se asegura de que todos los documentos  estén en orden y se procede a la firma de la escritura pública. 

Liquidación y pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) 

En el plazo un mes desde que se formalice el acto o contrato gravado, se procede  a la liquidación y pago del AJD. Este impuesto grava sobre el valor real de los bienes adjudicados y varía según la comunidad autónoma en la que se produzca la  extinción del condominio. 

Inscripción en el Registro de la Propiedad 

La escritura pública se presenta ante el Registro de la Propiedad para su  correspondiente inscripción de disolución de la copropiedad, y se procede al abono  de los aranceles registrales.  

Finalmente, es conveniente que después de presentar el documento en el Registro  se pida una nota simple registral para comprobar que realmente se haya registrado el acto.  

  • Solicitud de cita para la firma. 
  • Envío de la documentación a la notaría.  
  • Liquidación y pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. 
  • Recogida de la escritura original ante la notaría. 
  • Presentación de la escritura en el Registro de la Propiedad para su inscripción.
  • Recogida y entrega de la escritura ya inscrita.

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